Degravar IRPF con Reformas de Viviendas en Granada
Son muchos los clientes que acuden hasta Arquitecnic para las reformas de viviendas en Granada. No obstante, la mayoría de ellos desconocen cuáles son exactamente las reformas que se pueden desgravar a la hora de hacer la Declaración de la Renta. Hoy, en Arquitecnic vamos a tratar de resolver todas las dudas.
Hasta la publicación del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril, sólo se podían deducir las reformas de viviendas en Granada que fuesen imprescindibles para la conservación del piso o aquellas que tuvieran como propósito adaptar la vivienda a minusvalías de algún miembro de la unidad familiar. No obstante, desde la aprobación del nuevo decreto, se pueden deducir también las reformas que tengan como objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, el uso de energías renovables y la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros.
A la hora de desgravar las reformas de viviendas en Granada que cumplan con los anteriores requisitos, podrán hacerlo aquellos contribuyentes con una base imponible inferior a 71.007,2 euros; La cuantía de la deducción, dependerá, por supuesto, del nivel de ingresos. Así, las cantidades máximas a desgravar son:
- La base imponible es igual o inferior a 53.007,2€ anuales, el límite está en 4.000€ al año.
- Si la base imponible se sitúa entre 53.0007,2€ y 71.007,2€, el límite se calcula de la siguiente manera (4.000 – (0,2*(Base imponible – 33.007,2€))
Desde Arquitecnic esperamos haber resuelto tus dudas en cuanto a la desgravación del IRPF por reformas de viviendas en Granada. Si tienes cualquier tipo de consulta puedes contactar con nosotros a través de este formulario o, si lo prefieres, enviándonos un e-mail o llamando por teléfono. ¡Será un placer atenderte en cualquier momento del día!
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